Con fecha 20 de Marzo de 2019 se ha publicado en el Boletín Oficial de Navarra el Decreto Foral 17/2019, que modifica el DF 50/2006, por el que se regula el uso de medios electrónicos, informáticos y telemáticos (EIT) en el ámbito de la Hacienda Tributaria de Navarra. Entrará en vigor el próximo día 23 de Abril de 2019.

Las modificaciones más importantes que introduce la nueva norma, hacen referencia al Sistema de Notificación Electrónica (NE), puesto que, tal y como se explica en la exposición de motivos del DF 17/2019, se busca impulsar el sistema NE para potenciar en el actuar de la Administración Pública la eficacia y el servicio a los intereses generales.

Como quiera que estas novedades pueden afectar a su desempeño profesional, a continuación se las resumo, sin perjuicio de recomendarle la atenta lectura del contenido de la norma.

  1. Se desarrolla la causa de inclusión obligatoria en el sistema NE relativa a personas físicas que ejercen una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria.

En concreto, se establece están obligadas al sistema NE aquellas personas físicas que estén dados de alta en las Agrupaciones 41, 42 y 73 ó en los grupos 722, 723, 726, 741, 747, 831, 832, 833, 834 y 835 de la Sección Segunda del Anexo I de la Ley Foral 7/1996, de 28 de mayo, por la que se aprueban las tarifas y la instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas o Licencia Fiscal.

  1. Del colectivo de obligados al sistema NE, se elimina a los sujetos pasivos del Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica (IVPEE).
  2. Para aquellos sujetos pasivos en los que incurra alguna causa que motive la inclusión obligatoria en el sistema NE, se elimina la exigencia de la previa comunicación de la inclusión de forma obligatoria en el sistema.

Así pues, si reúne los requisitos anteriormente expuestos, deberá darse de alta en la Dirección Electrónica Habilitada (DEH), e informar de forma previa sobre una dirección de correo electrónico a la que enviar el aviso.